La Generalitat Rebelde (2)

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La Generalitat de Cataluña sigue haciendo oídos sordos a todos y cada uno de los frentes que tiene abiertos buscando su anhelada independencia del Estado Español.

Como los temas políticos no tienen cabida en este blog estrictamente jurídico, comentaremos sucintamente la noticia acaecida con ocasión del recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno de la Nación, contra la reforma de la Ley Catalana de Hacienda la cual en uno de sus artículos ofrecía la posibilidad de integrarse de forma voluntaria en los cuerpos de funcionarios dependientes de la Generalitat, a funcionarios de otras administraciones que prestasen servicio en territorio de esa Comunidad Autónoma.

A día de hoy Cataluña es parte integrante e indivisible del Estado Español y, como tal, se encuentra sometida al imperio de la Ley, al igual que el resto de regiones que conforma la popularmente llamada “piel de toro”, y por encima de todas ellas esta nuestra Constitución y, por ende nuestro Tribunal Constitucional que se encarga de su cumplimiento.

Esta integración voluntaria a cualquier jurista que algo entienda de derecho administrativo ha de “chirriarle” un poco al ponerse a desgranar el fondo del asunto. Principios tan elementales como el de oportunidad, igualdad, merito y capacidad……parecen diluirse ante la figura de la integración voluntaria ante el suculento ofrecimiento de no se sabe muy bien que ansiada república virtual.

Evidentemente y, aunque con tintes eminentemente políticos (esos tintes de los cuales los juristas debemos huir) este texto ha sido recurrido ante el mayor garante de la Constitución, el denostado Tribunal Constitucional quien ha suspendido cautelarmente su aplicación, dado que medidas como estas y, ante la inminente celebración de unas elecciones Catalanas, han de ser ejecutadas rápido para evitar luego males mayores.

El precepto ha sido recurrido por el Gobierno al entender que se produce una clara vulneración del derecho que los todos los ciudadanos de España tienen a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, dando prioridad a los que ya cuentan con destino en Cataluña, cargándose por completo el principio de igualdad.

El tribunal ha dictado una providencia de fecha diez de septiembre, en la que acuerda dar traslado de la demanda al Congreso de los Diputados y al Senado, así como al Gobierno y al Parlamento de Cataluña, que dispondrán de quince días para personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes.

Veremos como acaba, pero lo que si podemos ver ya es, que la Generalitat sigue siendo rebelde como ya empezamos a adelantar hace unos meses en en otro artículo.

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